martes, 24 de noviembre de 2020

EL FUNCIONAMIENTO DE LA REPÚBLICA


Tras la caída de la Monarquía en el 509 a. C., Roma inició el período republicano, que duró hasta el 27 a. C. La República (res publica, “la cosa pública”) fue un sistema político más complejo, pues los poderes que anteriormente aglutinaba el monarca se repartieron entre un grupo de magistraturas y el Senado.
            LAS MAGISTRATURAS
El conjunto de las magistraturas recibía el nombre de cursus honorum, “carrera de honores”, en origen reservado a los hijos de la nobleza. En orden de importancia eran las siguientes:
-         Cónsules. El consulado era la mayor de las magistraturas. Había dos cónsules –para evitar los excesos de poder de la monarquía-, que se renovaban anualmente por medio de elecciones. De este modo, el consulado era una magistratura epónima (ἐπί + ὄνομα “nombre”)–daba su nombre al año: “siendo cónsules X e Y”-. Los cónsules estaban dotados de imperium, es decir, tenían el mando supremo del ejército y eran la máxima autoridad en asuntos internos y externos.
-        Pretores. Eran los encargados de administrar justicia.
-        Cuestores. Eran los responsables del tesoro y del archivo público.
-       Censores. Eran los responsables de realizar el censo, que incluía a los ciudadanos y sus bienes. También eran los encargados de vigilar las costumbres de los ciudadanos que aspiraban a cargos públicos.
-         Ediles. Vigilaban el orden público, los mercados, el buen estado de los edificios públicos.
-     Tribunos de la plebe. En origen esta magistratura estaba reservada para los plebeyos (vid. infra sobre el conflicto patricio-plebeyo), aunque posteriormente fue desempeñada también por patricios. Era la menor de las magistraturas pero tenía derecho a veto, es decir, a frenar iniciativas de magistrados superiores.
-     Había además dos magistraturas extraordinarias: el interrex, un senador que sustituía a un cónsul en caso de fallecimiento hasta que otro era elegido; el dictator, designado en casos de emergencia, concentraba el poder de los dos cónsules.
EL SENADO
Estaba constituido por miembros de familias de la nobleza que no hubieran tenido ninguna nota censoria y que hubieran desempeñado alguna magistratura. Sus poderes eran inmensos. Fijaba la política internacional (aunque no sobre casos de guerra), no elegía a los magistrados pero podía cesarlos y prorrogar sus mandatos.

            LAS ASAMBLEAS
Recibían el nombre de comicios y representaban al pueblo. Elegían las magistraturas menores y votaban leyes pero su poder estaba sujeto a la ratificación del Senado.

CON TODOS VOSOTROS, LA TERCERA DECLINACIÓN


Salvete omnes, discipuli! Estrenamos declinación, un tanto más compleja, es cierto, pero también más interesante. Dentro de esta vamos a distinguir dos grandes grupos de palabras:
I. IMPARISÍLABOS: tienen distinto número de sílabas entre Nom. y Gen. (e. gr. Caesar, Caesaris; levitas, levitatis)
II. PARISÍLABOS: tienen mismo número de sílabas en Nom. y Gen. (e. gr. mare, maris)
 
Hablamos, por supuesto, de la tercera declinación, cuyas desinencias os dejo a continuación:


SINGULAR
PLURAL
NOMINATIVO
-s / ø
- ø
-es
-a
VOCATIVO
-s / ø
-es
ACUSATIVO
-em
-es
GENITIVO
-is
-um
DATIVO
-i
-ibus
ABLATIVO
-e
-ibus

Estas son, al menos, las desinencias de los imparisílabos, ya sabéis, aquellas palabras con distinto número de sílabas entre el nominativo y el genitivo (e. gr. dux, ducis; consul, consulis). Más adelante nos ocuparemos de los parisílabos, con mismo número de sílabas en nominativo y genitivo (e. gr. ovis, ovis). Lo que me interesa hoy, además de que os estudiéis las desinencias, por supuesto, es que apreciéis la importancia de aislar el tema a partir del genitivo, sobre la que tanto llevo insistiendo desde principio de curso.

Tomemos como ejemplo un tema en gutural sonora como reg- (podéis y debéis repasar el sistema fónico del latín aquí). Tal y como se aprecia en el cuadro, su nominativo es rex, donde la “x” resulta de añadir la desinencia de nominativo -s al tema. La gutural sonora sigue ahí, pero oculta, disfrazada en forma de “x”. En cambio, se aprecia a la perfección en el genitivo (reg-is) y dado que, como estudiantes de latín que sois, os asiste el derecho a tener el enunciado de toda palabra, siempre tendréis el genitivo y, en consecuencia, podréis aislar el tema sin problema.


SINGULAR
PLURAL
NOMINATIVO
rex (reg-s)
reges
VOCATIVO
rex
reges
ACUSATIVO
regem
reges
GENITIVO
regis
regum
DATIVO
regi
regibus
ABLATIVO
rege
regibus

Otro ejemplo interesante es el de los temas en dental. Dado un tema en dental sorda como libertat-, tenemos un genitivo singular libertat-is, donde la dental se mantiene sin problemas. Sin embargo, si acudimos al nominativo, apreciamos cómo la dental ha desaparecido al entrar en contacto con la -s.



SINGULAR
PLURAL
NOMINATIVO
libertas (*libertat-s)
libertates
VOCATIVO
libertas
libertates
ACUSATIVO
libertatem
libertates
GENITIVO
libertatis
libertatum
DATIVO
libertati
libertatibus
ABLATIVO
libertate
libertatibus

¿A que no es tan difícil? A partir de ahora, por supuesto, la tercera declinación será una habitual en frases y textos, así que, ya sabéis, estudiad, estudiad. Aquí os dejo una pequeña curiosidad, ese himno a la tercera declinación. ¡A cantar!


viernes, 6 de noviembre de 2020

SINTAXIS DEL ADJETIVO



La sintaxis del adjetivo parece estar dando algunos problemas estos días, así que ahí van algunas nociones de repaso.

1. El adjetivo califica al sustantivo, con el que concuerda en caso, género y número.
El sustantivo, recuerdo, está anclado en su género (o masculino, o femenino, o neutro) y es el adjetivo el que adapta su terminación para concordar con él.
Así, por ejemplo, dado un adjetivo altus-alta-altum y los sustantivos puer, -i (masc.), puella, -ae (fem.), templum, -i (neutr.), tendremos las siguientes combinaciones:
altus puer
alta puella
altum templum

2. El adjetivo funciona, por lo general, de Complemento del Nombre (CN) o Término Adyacente (Ady.) del sustantivo con el que concuerda en caso, género y número

La única condición para desempeñar esta función es la concordancia, al contrario de lo que ocurre con el sustantivo, pues para que este funcione de CN tiene que estar en caso Genitivo.

3. En las oraciones copulativas, es decir, aquellas que tienen por núcleo el verbo sum, el adjetivo puede funcionar también de Atributo, siempre que vaya en caso Nominativo y que concuerde en caso, género y número con el Sujeto.

Puella bona est
Puer bonus est
nauta strenuus est
(recordad que nauta es masc. y, en consecuencia, el adjetivo que lo acompaña, se declina por la 2ª declinación; sustantivo y adjetivo no tienen por qué coincidir en declinación)